Más del 95% de las copropiedades contrata sus servicios de manera tercerizada. Por este motivo se debe hacer un mayor control del proveedor en términos de seguridad y salud en el trabajo.
En Dirección Efectiva hemos denominado a esto CAC, Control de Actividades Críticas.
- Arreglos locativos: aquellas obras que tienen como finalidad mantener el inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato sin afectar ninguna de sus características ya sean espacios comunes o privados en una propiedad.
- Fumigaciones: hace referencia al control de plagas que se realizan dentro del edificio y que de no tener un adecuado control puede ocasionar graves problemas, incluso de salud a los propietarios o arrendatarios del lugar y trabajadores.
- Mantenimiento de bombas de agua: siempre es importante conocer las mantenimientos que requieran los equipos que conforman nuestra copropiedad.
- Trabajo en alturas: ha ce referencia a los trabajos de la limpieza de vidrios y mantenimiento de fachadas y cubiertas.
- Vigilancia: consiste en todo el sistema de seguridad que existe dentro de la copropiedad.
- Mantenimiento de piscina: hace referencia al sistema de tratamiento de agua que almacene, la localización de equipos y desagües, los sistemas eléctricos e hidráulicos y su respectivo mantenimiento, entre otros.
- Ascensores: se trata de los mantenimientos periódicos adecuados y con los certificados de revisión y acreditación de funcionamiento.
- Jardinería: Se enfoca en controlar todas las actividades de jardinería de la copropiedad y el control en la utilización de diferentes herramientas para hacer la actividad segura.
- Servicios generales: Se controla la prestación de servicio de aseo de la copropiedad ya que por su alto impacto se pueden prestar diferentes accidentes durante la prestación de servicios de aseo.
- Trabajo en cubiertas: puede ir muy de la mano del trabajo en alturas.
- Mantenimientos eléctricos: hace referencia a toda la mantenimiento de la red eléctrica del lugar.
- Mantenimiento y reparaciones locativas de residentes: Todo copropietario y/o residente del Conjunto, se obliga a reparar de inmediato los daños causados que pueda ocasionar perjuicios a las áreas comunes o a las demás unidades privadas.
Todas actividades se pueden trabajar de manera conjunta, pero no necesariamente de manera individual. Por ejemplo, debo hacer una reparación de su fachada y es más de dos metros de altura, por lo tanto ya estoy involucrando dos elementos que estamos describiendo acá: trabajo en alturas y reparación locativas. De esta manera puedo hacer un mejor control y trabajar de la mano de este proveedor.
Si algunas de las CAC o elementos recién mencionados se ajustan a su copropiedad, por favor revíselos.
En este link puede revisar la totalidad de las CAC que como Dirección Efectiva hemos realizado. https://www.direccionefectiva.com/es/es/