Protocolos de Bioseguridad en Propiedad Horizontal contra el Covid-19
El Ministerio de Salud mediante la resolución 0890 del 03 de junio de 2020 y regida por la resolución 0666 del 24 de abril de 2020, establece y regula los protocolos de bioseguridad para la Propiedad Horizontal; dentro de estas medidas encontramos: programación de mantenimientos, control de ingreso de visitantes y proveedores, programación ageduada de mudanzas y manejo de residuos, entre otros. Así mismo se indica dentro de los protocolos, la restricción a áreas comunes como las canchas deportivas, gimnasios, zonas humedas y piscinas, salones comunales y parques infantiles.
Adicionalmente se debe tener en cuenta que todos los stakeholders (involucrados) deben cumplir con los protocolos de bioseguridad establecidos por las copropiedades, lo anterior con el fin de evitar la propagación del COVID-19.
¿Sabes quienes son los stakeholders en tu copropiedad?:
A continuación encontrarás como guia algunos involucrados:
- Representante Legal y Administrador
- Personal de Aseo
- Personal de Vigilancia
- Personal de Reciclaje
- Proveedores
- Visitantes
- Brigada de Emergencias
- Líder del SG-SST de la Copropiedad
- Comunidad en General
- Persona Diagnosticada con COVID-19
- Personas que Conviven con la Persona Diagnosticada
Ten en cuenta que aplicando los protocolos de bioseguridad generas cultura de cuidado para prevenir el contagio y transmisión del COVID-19.
¿Ya sabes si tu procololo de bioseguridad para en manejo del COVID-19 de tu copropiedad cumple con todos los requisitos de ley? Revísalo en aquí y recibe la respuesta de vuelta en tu correo.